sábado, 18 de septiembre de 2010

LA REFORMA DEL "MERCADO" DE TRABAJO EN EL BOE DE HOY.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
1. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las disposiciones sobre agencias de colocación establecidas en el Capítulo IV de esta Ley no serán de aplicación hasta tanto no entre en vigor la normativa de desarrollo a que se refiere la disposición final tercera, apartado 3.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 17 de septiembre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Presidente de Gobierno,
 

2 comentarios:

  1. O sea que a partir de mañana empezarán a producirse aún más despidos, dado su abaratamiento. Y a partir de mañana empezaran los EREs para mayor regocijo y recaudación de las centrales sindicales que todos conocemos.

    Tertuliano.

    ResponderEliminar
  2. No entiendo a este blog. Es reaccionario y fachoso.

    ¿Quién está detrás de la selección de los temas?.

    ResponderEliminar